Resolución de la Comision Directiva de la AJCN

05/11/2020


RESOLUCION DE LA COMISION DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN DE JUBILADOS DE LA CAJA NOTARIAL ANTE LA PROXIMA REFORMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

                                                                              Montevideo, 13 de octubre de 2020

            VISTO: I) El Directorio de la Caja Notarial, ante la anunciada reforma del sistema previsional nacional, solicitó a la AJCN el nombramiento de representantes para analizar la posición que habrá de asumir, junto con los de las otras organizaciones gremiales de afiliados.

                           II) Se fijó una primera reunión con el Directorio, concurriendo en representación de la AJCN el Esc. Ariel Moleda, donde se le informó:

            a.- Que la recientemente aprobada ley 19.826 de reforma de nuestra Caja, no refleja exactamente el anteproyecto propuesto por el Instituto, desde que el Poder Ejecutivo no aceptó incorporar como nuevo recurso el producido de una sobretasa registral a cargo de los usuarios del servicio;

            b.- Que hace 6 años que la Caja arroja resultados deficitarios y este será el séptimo, por lo cual, en tanto no se produzca una mejora importante en la demanda de servicios notariales, la situación se continuará agravando;

            c.- Que, por ese motivo, la propuesta que el Directorio ha considerado presentar a la Comisión de Expertos creada por la LUC, consiste en solicitar recursos fiscales para su financiamiento:

– Ya sea a través del Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social (IASS) que pagan nuestros pasivos, que en forma total o parcial, sea vertido al Instituto, en cuyo caso dejaría de aplicarse el impuesto del 2% creado por la ley 19.826; o

–  Estableciendo contribuciones a cargo de la comunidad vinculada a través de un adicional a la tasa registral y/o reimplantando el timbre de montepío notarial a cargo de los usuarios de servicios notariales (art. 18 lit b ley 10.062), derogado en el año 1975;

            d.- Que es aspiración del Directorio formar una posición consensuada con la Asociación de Escribanos, la Asociación de Jubilados y las Asociaciones de Empleados de la Caja Notarial y de la AEU;

e.- Por último, que se nos haría llegar material informativo sobre las finanzas de la Caja y lo que se proyectaba para los próximos 10 años;

                  III) Cumpliendo con lo anunciado, se nos enviaron dos informes de la Gerencia General. El primero con una proyección financiera del Fondo IVS para el período 2020–2030, en el que se plantean cuatro escenarios en función de las diversas hipótesis de resultados proyectadas y el segundo en el que se incorporan recursos fiscales como nuevas fuentes de financiamiento.

                  IV) A partir de ello, la Comisión Directiva procedió a su estudio, convocando para ello a sus asociados, lo que lamentablemente no se pudo realizar con la amplitud deseada, en virtud de las medidas sanitarias que impiden reuniones presenciales de muchas personas, especialmente las integrantes de nuestro colectivo, realizándose también encuentros a través de la plataforma zoom, con las limitaciones que ello implica.

             V) También nos mantuvimos atentos a las declaraciones del Ministro de Trabajo y Seguridad Social y de varios de los expertos que habrán de conformar la Comisión Asesora encargada de realizar el diagnóstico y las propuestas para la anunciada reforma, de las que se pueden extraer lineamientos generales respecto de lo que se piensa realizar.

RESULTANDO: I) De los informes realizados por la Gerencia General de la Caja, resultan elementos sumamente relevantes para el análisis de las propuestas a considerar, que es del caso puntualizar.

          II) De las proyecciones para los próximos años surge que –de no tomarse medidas- los Resultados Operativos reflejan un déficit sistemático, evidenciando la insuficiencia de los ingresos para atender los egresos. Una vez computada la renta de las inversiones, se llega igualmente a un resultado neto deficitario en todos los años de la proyección (2020-2030) y en todos los escenarios, desde el más optimista (N° 1) hasta el más pesimista (N° 4).

          III) En virtud de ello, el Fondo IVS (Patrimonio de la Caja) se reduciría en porcentajes que oscilan entre el 19% y el 41%, según sea el escenario que se considere. Las reservas financieras, en los escenarios 3 y 4, se agotarían en el año 2027, por lo cual habría que convertir otros activos para atender las obligaciones.

           IV) Para lograr el equilibrio sería necesario, en el escenario más optimista, adicionar recursos del orden del 8% del presupuesto de pasividades o del 10% de la recaudación de aportes. En el más pesimista, estos porcentajes se duplican (16% y 20%).

             V) Incorporando a la proyección los tributos provenientes de la comunidad vinculada (adicional a la tasa registral junto con el timbre a cargo de usuarios), se obtendría efectividad sólo en los escenarios 1 y 2. La afectación decreciente del IASS equilibraría el sistema tan solo en el escenario 1 y en la secuencia de menor abatimiento (20 años). La afectación íntegra, lograría el equilibrio en los escenarios 1 y 2, tendiendo a hacerlo en el 3 a futuro y no lográndolo en el escenario 4. O sea que, no se logra asegurar tampoco la sustentabilidad futura.

             VI) Todo ello sin perjuicio de que, a juicio del Gerente General, las referidas nuevas fuentes de financiamiento serían de difícil consecución, o sea, que no sean aceptadas por la Comisión, lo que se comparte según se dirá.

CONSIDERANDO: I) Que corresponde en primer lugar congratularnos con la decisión del Directorio de analizar aspectos tan importantes de la Caja con la participación de los afiliados, principales interesados y destinatarios de las medidas a adoptarse.

               II) Que de acuerdo con el artículo 2º del Estatuto de nuestra Asociación, entre sus fines prioritarios, está “proponer y propiciar todas las medidas tendientes a fortalecer el patrimonio de la Caja  Notarial, los niveles de aportación y las inversiones, para que siempre exista una garantía real de funcionamiento normal del Instituto y de segura aplicación del principio de autofinanciamiento”, “defender la total independencia jurídica, administrativa y financiera, a fin de asegurar un régimen propio de pasividades que recoja las particularidades del ejercicio profesional” y “mantener una fecunda y regular relación con la Caja Notarial, con la Asociación de Escribanos del Uruguay y con asociaciones similares”.

                III) Que, por lo tanto, la participación e involucramiento de nuestra Asociación en el tema, constituye no solamente el cumplimiento de lo solicitado por el Directorio, sino su deber.

                IV) Que sin perjuicio de compartir y apoyar en general la propuesta que el Directorio ha considerado presentar ante la Comisión Asesora de Expertos, ante la eventualidad que la misma no sea considerada o lo sea parcialmente, es necesario analizar alternativas que aseguren la sustentabilidad de la Caja en el mediano y largo plazo.

                            V) Que, de acuerdo al artículo 393 de la ley 19.889 (LUC), la reforma proyectada comprende a todos los regímenes del sistema previsional uruguayo, por lo que parece difícil que se adopten medidas para nuestra Caja que no comprendan al resto de los sub-sistemas o incluso que la mantengan aislada de normas de carácter general que se pretendan impulsar para el resto.

                VI) Que, lo que se viene de expresar, no significa la pérdida de su autonomía en el sentido de “independencia jurídica, administrativa y financiera” y mucho menos patrimonial, que nuestra Asociación defiende con total convicción y estima que no está en riesgo, de acuerdo a las declaraciones que se han venido haciendo desde los ámbitos de decisión.

              VII) Que la actual situación económica de nuestra Caja demuestra que sin cambios no es autosustentable. A su vez, el resto de los sub-sistemas de reparto también enfrentan dificultades, siendo muchos de los aspectos que hacen al diagnóstico general, también de aplicación a la Caja Notarial.

                    VIII) Que debe tenerse presente que el régimen general de pasividades fue común para todas las cajas, con excepción de policías y militares, desde el año 1979 a 1996 cuando se modificó para el B.P.S., habiéndose nuestra Caja adaptado a ello en el año 2001 (salvo en relación con el condicionamiento para el otorgamiento de pensiones a viudas y viudos, agregándose luego a concubinas y concubinos supérstites), con la conformidad expresa tanto de la Caja, como de las gremiales de afiliados.

                     IX) Que a partir de ello -y siendo necesario contar con recursos fiscales- no resulta aconsejable negarse a adoptar medidas que conduzcan a igualar las condiciones de acceso a las prestaciones con el régimen general (edades de retiro, años de servicios, tasas de reemplazo, períodos de transición, beneficiarios de pensión, etc.), sin perjuicio de las especificidades de cada uno, sino que por el contrario se vuelve necesario mostrarse predispuesto a ello.

                     X) Que las nuevas fuentes de ingresos que propone el Directorio -aunque compartibles- para ser viables, se entiende deben ser lo más acotadas posible, a efectos únicamente de equilibrar las cuentas ínterin no surjan efecto el resto de las medidas o para permitir un período razonable de transición que no ponga en riesgo derechos próximos a ser adquiridos.    

                    XI) Que si bien puede sostenerse que el aporte del usuario de los servicios notariales hace las veces del inexistente aporte patronal y que estuvo vigente por muchos años, parece difícil que se acceda al mismo en la actual coyuntura, sin perjuicio de que –aún incrementado con el adicional a la tasa registral (ya no sólo a cargo del usuario de servicios notariales)- no resultaría suficiente para asegurar la sustentabilidad, por lo que debería complementarse.

                 XII) Que también existen sobradas razones para buscar financiación a través del IASS que aportan los pasivos de nuestra Caja, no obstante deber tenerse presente aspectos relevantes a los efectos de la viabilidad del planteo:

– El IASS no grava exclusivamente las pasividades notariales;

– Sus tasas progresionales se aplican sobre la suma de las pasividades que   perciba el mismo sujeto pasivo;

– Supone el cambio de destino del producido del BPS a Caja Notarial, quitándole así a este ente un ingreso que no necesariamente financia las pasividades que sirve, ya que también tiene a su cargo “prestaciones no contributivas” (seguro de paro, subsidios por enfermedad, maternidad, pensiones a la vejez, etc.);

– Si la afectación fuera total y sin plazo, el financiamiento de nuestra Caja quedaría supeditado al mantenimiento del tributo en su actual diseño (varios partidos políticos se comprometieron a derogarlo, incluido el que gobierna);

– Se trataría de un reconocimiento implícito de que nuestra caja no puede asumir el pago de los montos de pasividad a los que está obligada por la ley, requiriendo de parte de los mismos para que se autofinancien, desde que en realidad sería una rebaja generalizada de las pasividades, presentes y futuras, siendo mucho más lógico hacerlo a través del Sueldo Básico Jubilatorio.

              XIII) Que por todo ello, lo más razonable sería pedir que la afectación sea parcial y acotada en el tiempo, a los efectos de poder equilibrar los números en el corto plazo y permitir financiar el período de transición que conllevan otras medidas a adoptar, por lo cual se vuelve necesario contar con otras fuentes de ingresos complementarias.

                          XIV) Que a tales efectos, se entiende pertinente considerar proponer que las afiliadas a nuestra Caja obtengan el necesario subsidio por maternidad con el mismo financiamiento que el resto de las trabajadoras del país, liberando así los fondos que actualmente se destinan a ello, que pasarían a integrar el Fondo IVS. De la misma manera, se podría plantear respecto de los subsidios por enfermedad, sin financiación propia desde 2001.

                          XV) Que como otra alternativa posible de mayores ingresos –sin necesidad de autorizaciones externas- se propone gestionar ante la AEU modificaciones del Arancel, que constituyen la base imponible de los aportes, incrementando los honorarios y/o reduciendo las exoneraciones.

                        XVI) Que existen planteos y preguntas de diversos socios que hubieran requerido mayor información respecto de las causas del desfinancia-miento, topes máximos, forma de cálculo del sueldo básico jubilatorio, sub-sistema de empleados, gastos de administración, rentabilidad de las inversiones, entre otros, no obstante lo cual parece oportuno –por el momento- comunicar los puntos considerados al Directorio de la Caja Notarial, a los efectos de poder seguir avanzando en el análisis y quedar a la espera de una convocatoria junto con el resto de las gremiales de afiliados, para intercambiar opiniones y poder colaborar en la elaboración de una propuesta común.

                             ATENTO a lo expuesto, la Comisión Directiva de la Asociación de Jubilados de la Caja Notarial, RESUELVE:

            1°) Apoyar la iniciativa del Directorio de la Caja Notarial en el sentido de solicitar los recursos fiscales que se pretenden, con las salvedades expresadas en los Considerandos X a XIII.          

2°) Sin perjuicio de ello, ante la eventualidad de que no se obtengan los resultados deseados, se considera necesario analizar alternativas que aseguren la sustentabilidad del Instituto en el mediano y largo plazo.

3°) A tales efectos, se considera razonable analizar cuáles serían los cambios que se pretenden realizar en el resto de los sub-sistemas de reparto, así como la predisposición de nuestra Caja a adaptarse a ellos, en todo aquello que no haga relación con sus especificidades.

4°) Se propone analizar como nueva fuente de ingresos, las partidas actualmente destinadas a los subsidios de maternidad y enfermedad, traspasando su financiamiento al régimen general.

5°) Otra alternativa de financiamiento sería modificando el Arancel, ya sea incrementando los honorarios y/o rediciendo las exoneraciones, sugiriendo su planteo a la Asociación de Escribanos.  

6°) Continuar estudiando las causas del desfinanciamiento, a los efectos de buscar otras alternativas de modificaciones.

7°) Comunicar al Directorio de la Caja Notarial la presente resolución, como el resultado del estudio realizado hasta el momento, expresándole el beneplácito por la iniciativa de analizarlo junto con las gremiales de afiliados y quedando a la espera de una nueva convocatoria con ese objetivo.